Autora: Maria Patricia Vischi
Artículo 1°.- Impleméntese el Régimen Especial de Boleto gratuito para Discapacitados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del S.U.B.E., conforme las normas complementarias y/o aclaratorias y/o ampliatorias que se dicten a tales efectos.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc..