Expediente: 427 – D – 2015

Autor: Juan Francisco Nosiglia

Bloque: Sumá Más

Resumen: El proyecto exime del pago del impuesto inmobiliario y la tasa A.B.L. a los frentistas de las calles afectadas por obras viales en la realización de viaductos, paso bajo nivel y/o Metrobus desde el comienzo hasta la finalización de las mismas.

En cuanto a los comerciantes afectados, los exime del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Publicado en Obras y servicios públicos, Presupuesto.